Fiscalías de Menores. La situación generada por el crecimiento continuado, la incidencia de las
Leyes de Enjuiciamiento Civil y de Responsabilidad Penal de los Menores de Edad y la creación
de los Servicios Comunes de Partido Judicial en aquéllos con dos o más Juzgados, de forma
paulatina, y del Servicio de Atención a la Víctima del Delito en Andalucía ejercía una fuerte
presión sobre los inmuebles disponibles, claramente insuficientes para acoger estas nuevas acti
vidades, agravando aún más su déficit.
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Muchas de las sedes judiciales habían llegado a su
total
colmatación, no sólo impidiendo
la
ins
talación de nuevos órganos y servicios, sino reclamando además urgentemente la ampliación
de sus espacios de trabajo y la creación de otros complementarios para su adecuado desarrollo.
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Todo lo anteriormente expuesto incidía, y continúa incidiendo, gravemente en el presupuesto
destinado a arrendamientos.
Para paliar todo lo anterior se hacía necesario abordar acciones diversas de forma sistemática y
con el máximo rigor técnico, adecuando el ritmo de ejecución a las necesidades reales. Resultaba
por ello imprescindible disponer de un documento global que definiera y explicitara la política de
dotación de los recursos inmobiliarios y que fijara objetivos generales a cumplir, al objeto de pro
gramar adecuadamente todas las actuaciones necesarias.
La consejera de Justicia y Administración Pública presentó el Plan de Infraestructuras Judiciales al
Pleno del Parlamento de la Comunidad Autónoma de Andalucía de 21 de febrero de 200 1 y,
posteriormente, al Consejo de Gobierno de 8 de mayo. Contempla un programa de sedes judi
ciales, ya sea para construir edificios de nueva planta o para reformar o rehabilitar edificios exis
tentes, al objeto de dotar a la Administración de Justicia de sedes dignas, reconocibles por los
ciudadanos y adecuadas al servicio público para el que han sido concebidas.
El Plan se encuadra en el marco estratégico del Plan Económico de Andalucía Siglo XXI, que
recoge una línea específica para la Ampliación y Mejora de las Infraestructuras Judiciales en el
ámbito de cohesión Social integrado en la Política de Mejora de Accesibilidad a la Justicia.
Define una actuación global sobre el parque inmobiliario destinado a la Administración de
Justicia a realizar a corto y medio plazo, a partir de una previsión concreta de crecimiento de
órganos judiciales, e integra actuaciones de reforma en aquellos edificios susceptibles de mante
ner su uso judicial, de edificación de nueva planta de edificios destinados a sustituir otros exis
tentes e, incluso, incorporando las actuaciones iniciadas con anterioridad a su formulación, y por
tanto sus presupuestos y plazos. No obstante se concibió de manera abierta y flexible, dada su
vinculación a la prestación de un servicio público en continua expansión, como es la
Administración de Justicia.
El Plan, a través de sus propuestas, se ha convertido en un instrumento adecuado para paliar de
forma paulatina la imperiosa necesidad de adecuar las sedes judiciales que acogen órganos y ser
vicios judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los Juzgados de Paz.
En este caso, son los Ayuntamientos los obligados a velar por su instalaciones y medios materia
les, contribuyendo a ello la Consejería de Justicia y Administración Pública mediante la gestión de
subvenciones destinadas a sufragar parcialmente los gastos de funcionamiento.
El Plan de Infraestructuras Judiciales en Andalucía, como documento que define y explicita la
política de inversiones en materia de edificios destinados a la Administración de Justicia, parte de
unos objetivos genéricos a alcanzar, diseña los instrumentos que requiere su desarrollo, cuantifica
y programa las acciones a acometer y evalúa el coste económico y financiero del total de dichas
actuaciones.
Plan de Infraestructuras Jud iciales en Andalucía
Sede Judicial Area Civil, Marbella.
Antes y después de la intervención
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