III Plan Integral para la Inmigración en Andalucía Horizonte 2016 - page 101

VIII.METODOLOGÍADE INTERVENCIÓN: ÁREASDE INTERVENCIÓN 101
2.
Áreasociolaboral
El EstatutodeAutonomíaparaAndalucía contempla en su
artículo 10.3.1º como uno de los objetivos básicos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, la consecución del
pleno empleo estable y de calidad en todos los sectores
de la producción.
Asimismo, el artículo62del EstatutodeAutonomía señala
que corresponde a laComunidadAutónoma:
b) La competencia ejecutiva enmateria de autorizaciones
de trabajo de los extranjeros cuya relación laboral se de-
sarrolle en Andalucía, en necesaria coordinación con la
competencia estatal enmateria de entrada y residencia y
deacuerdocon loqueestablezca la legislacióndel Estado.
Estacompetencia incluye la tramitación y resoluciónde las
autorizaciones iniciales de trabajo, la tramitación y resolu-
ciónde los recursospresentadosadichasautorizacionesy
la aplicación del régimen de inspección y sanción.
2. La Comunidad Autónoma participará en las decisiones
del Estado sobre inmigración con especial trascendencia
para Andalucía y, en particular, la participación preceptiva
previaen la fijacióndel contingentede trabajadoresextran-
jeros a través de losmecanismos previstos en el Título IX.
Para que ello sea posible, en la delimitación del marco
competencial, se reconocen en el artículo 63.1 las com-
petencias ejecutivas en materia de empleo y relaciones
laborales, entre las que se incluyen las políticas activas
de empleo, las cuales comprenden tanto la formación de
las personas demandantes de empleo y de las personas
trabajadoras en activo, la gestión de las subvenciones
correspondientes, como la intermediación laboral y el fo-
mentodel empleo.
Laadecuada integración laboral de lapoblación inmigrante
esun factordecisivoparaconseguir su integraciónefectiva
en el seno de la sociedad. Para hacerla posible, es nece-
sario que el colectivo inmigrante se encuentre en igualdad
de oportunidades con el restodel mercado laboral.
Las actuaciones específicas enmateria de prevención de
riesgos laborales suponen un acercamiento indispensable
a la cultura preventiva que los trabajadores y trabajadoras
necesitarán poner en práctica en su trabajo. Además, re-
dundan en la adopción de métodos y formas de trabajo
más seguros, fomentando la reducciónde la siniestralidad
laboral entre la población inmigrante.
En este mismo sentido, el artículo 169 dispone que
“los
poderes públicos fomentarán el acceso al empleo de los
jóvenes y orientarán sus políticas a la creación de empleo
estableydecalidadpara todos losandalucesyandaluzas”,
incorporando comomandato el diseño e implementación
de políticas específicas para la inserción laboral de los
colectivos con especial dificultad en el acceso al empleo,
prestandoespecial atencióna loscolectivosen situacióno
riesgo de exclusión social. Así mismo y tomando en con-
sideración los datos estadísticos, la población inmigrante
hadeentenderse incluidaen los colectivos conespeciales
dificultades de inserción social, y por tanto, en riesgo de
caer en lamarginación social.
En esta línea, el VII Acuerdo de Concertación Social de
Andalucía reconoce expresamente que las personas mi-
grantes, al igual que los otros colectivos en situación o
riesgodeexclusión social, requierenun tratoespecial para
lograr la plena igualdad de oportunidades en el mundo
laboral. Este reconocimientode laspartes firmantesdel VII
Acuerdo, significa el compromiso de desarrollo de medi-
das concretas como son el incremento de la intervención
del ServicioAndaluzdeEmpleoa finde favorecer los flujos
migratorios y las contrataciones en origen, muy especial-
mente en los trabajos de temporada; que las personas
migrantes que puedan retornar a sus países de origen lo
hagan en mejores condiciones de empleabilidad gracias
a la formación profesional para el empleo adquirida en
Andalucía, así como favorecer el desarrollo de iniciativas
empresarialesbajo lamodalidaddel autoempleo; así como
la constitución de unaComisión deMigraciones del Servi-
cio Andaluz de Empleo, integrada por las organizaciones
representadasen suConsejodeAdministraciónconel ob-
jeto de tratar todos los temas relacionados con el empleo
y la integración laboral de las personasmigrantes.
El Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la
Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías,
estipula que, en base a la reestructuración de las distintas
Consejerías, el ServicioAndaluzdeEmpleoquedaadscrito
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