III Plan Integral para la Inmigración en Andalucía Horizonte 2016 - page 91

VIII.METODOLOGÍADE INTERVENCIÓN: ÁREASDE INTERVENCIÓN 91
1.
Áreasocioeducativa
El artículo10.3c) del EstatutodeAutonomíaconsideraob-
jetivobásicode los poderes públicos andaluces el acceso
de todos los andaluces a una educaciónpermanente y de
calidad que les permita su realización personal y social.
Así, el artículo 21 reconoce el derecho constitucional a la
educación permanente y de carácter compensatorio, ga-
rantizando un sistema educativopúblico. La Ley 17/2007,
de 10de diciembre, deEducacióndeAndalucía, en el de-
sarrollode lascompetenciasqueel artículo52del Estatuto
otorga a la Comunidad Autónoma, organiza el Sistema
Educativo Andaluz bajo los principios y objetivos anterior-
mente descritos.
El
Sistema Educativo Andaluz
establece los principios de
igualdad, equidad y solidaridad como ejes a través de los
cuales se desarrollará el proceso educativo de los niños y
niñas andaluces. El carácter universal de nuestro sistema,
que garantiza el acceso gratuito a la educación a toda per-
sonaque residaennuestraComunidad, con independencia
de cualquier otra circunstancia personal, familiar o social,
responde necesariamente a estos principios. La práctica
general de atención a la diversidad de alumnos y alumnas,
pretende explotar al máximo las capacidades y potenciali-
dadesdecadapersona, almismo tiempoque, implementar
y ejecutar medidas compensatorias cuando se detecten
diferenciasquepuedanprovocar desigualdades.
La nueva población escolar andaluza, como el resto de
la sociedad, se caracteriza por su diversidad social y cul-
tural, por lo que, durante los últimos años, han surgido
necesidades en el contexto educativo a las que se debe
ofrecer respuesta. Una gestión de la escuela desde una
perspectiva intercultural, favorece la consecución de los
objetivosmarcados.
Enestanuevaescuela, lamisión tradicional de transmisión
deconocimientos, debe ser completadacon laenseñanza
y el ejercicio de valores esenciales como el respeto a la
diversidad, la tolerancia, la participación y la solidaridad.
Con estas bases se construye, día a día, la nueva escuela
del sigloXXI.
La LeyOrgánica 2/2006, de 3demayo, deEducación, en
su Título II, establece que las administraciones educativas
dispondrán losmedios necesarios para que todo el alum-
nado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual,
social y emocional, así como los objetivos establecidos
con carácter general. Asimismo, la Ley 17/2007, de 10
de diciembre, de Educación de Andalucía, dispone en su
artículo 48.3 que la Administración educativa regulará el
marco general de atención a la diversidad del alumnado
y las condiciones y recursos para la aplicación de las di-
ferentesmedidas que serán desarrolladas por los centros
docentes, de acuerdo con los principios generales de la
educación básica que se recogen en el artículo 46 de di-
cha Ley.
Los Decretos 230/2007 y 231/2007, ambos de 31 de
julio, desarrollaron, respectivamente, la ordenación y las
enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria y
a la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad
Autónoma de Andalucía. Ambos decretos materializan la
previsión legal indicada anteriormente, ya que exigen en
VIII.Metodologíade intervención:
áreasde intervención
1...,81,82,83,84,85,86,87,88,89,90 92,93,94,95,96,97,98,99,100,101,...212
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