II. MARCOJURÍDICOYCOMPETENCIAL 45
han desarrollado su articulado. Entre ellas la Ley Orgánica
2/2009, de 11 de diciembre, de modificación de la Ley
Orgánica4/2000; la LeyOrgánica10/2011, de27de julio,
de modificación de los artículos 31 bis y 59 bis de dicha
Ley Orgánica 4/2000, y, finalmente, el Real Decreto-ley
16/2012, de 20 de abril de medidas urgentes para ga-
rantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y
mejorar la calidad y seguridadde sus prestaciones.
LacitadaLeyOrgánica2/2009, de11dediciembre, adap-
tó la normativa, a la nueva realidad migratoria en España
que presenta unas características y plantea unos retos
diferentes de los que existían cuando se aprobó la última
reforma de la Ley, además de incorporar el contenido de
lasSentencias236/2007, de7denoviembre, y 259/2007,
de 19 de diciembre, del Tribunal Constitucional, que re-
solvieron recursos de inconstitucionalidad frente a deter-
minados preceptos de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de
enero, así como transponer varias Directivas europeas de
inmigración. La reforma de lamisma persiguió los siguien-
tes objetivos:
1.
Establecer un marco de derechos y libertades de las
personas extranjeras que garantice a todas el ejercicio
plenode los derechos fundamentales.
2.
Perfeccionar el sistema de canalización legal y orde-
nada de los flujos migratorios laborales, reforzando la
vinculación de la capacidad de acogida de personas
trabajadoras inmigrantes a las necesidades del merca-
do laboral.
3.
Aumentar la eficacia de la lucha contra la inmigración
ilegal.
4.
Reforzar la integración como uno de los ejes centrales
en lapolíticade inmigraciónque, teniendo en cuenta el
acervo de la Unión Europea enmateria de inmigración
yprotección internacional, apuestapor lograr unmarco
de convivencia de identidades y culturas.
5.
Adaptar la normativa a las competencias de ejecución
laboral previstas en losEstatutosdeAutonomíaque in-
ciden en el régimen de autorización inicial de trabajo, y
a las competencias estatutarias enmateria de acogida
e integración, así como potenciar la coordinación de
las actuaciones enmateria de inmigración y reforzar la
cooperación entre las Administraciones Públicas.
6.
Reforzar e institucionalizar el diálogo con las organi-
zaciones de inmigrantes y con otras organizaciones
con interés e implantación en el ámbito migratorio,
incluyendo entre ellas a las organizaciones sindicales
y empresarialesmás representativas, en la definición y
desarrollode la políticamigratoria.
De especial relevancia para los objetivos de este Plan ha
sido la inclusióndel artículo2 ter, enel que laLeyOrgánica
hace una referencia expresa a la integración de las per-
sonas extranjeras en España. Dicho artículo reconoce la
convivencia de identidades y culturas diversas en nuestro
territorio, con el único límite del respeto a la constitución y
los estatutos. Igualmente, se promueve la transversalidad
y la bidireccionalidad en el diseño, ejecución y evaluación
de las políticas públicas relacionadas con la inmigración,
principios que rigen y han regido la política pública de in-
migración enAndalucía.
Por su parte, la siguiente reforma de la Ley Orgánica
4/2000, de 11 de enero, se llevó a cabo por la Ley Or-
gánica 10/2011, de 27 de julio, de modificación de los
artículos 31 bis y 59 bis de dicha Ley Orgánica 4/2000,
y tuvo como objeto ampliar las medidas de protección
que dicha Ley Orgánica 4/2000 reconoce a las mujeres
víctimasde violenciadegénero y a las víctimasde tratade
sereshumanosquedecidandenunciar almaltratador oex-
plotador, respectivamente. Supuso, en buena medida, el
desarrollo legislativo exigido por el Convenio número 197
del ConsejodeEuropa, de 16demayode 2005, de lucha
contra la trata de seres humanos que exige ofrecer asis-
tencia integral a las víctimas de trata, independientemente
de si colaboran o no, y de su situación administrativa. Las
nuevas medidas tratan de mejorar las posibilidades de la
víctima para ejercer su derecho constitucional a la tutela
judicial efectiva.
El Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas
urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema
Nacional de Salud y mejorar la calidad y la seguridad de
sus prestaciones, mediante el cual se regula el acceso
al sistema público de salud en España, reforma la citada
ley 4/2000. En relación con los ciudadanos y ciudadanas