III Plan Integral para la Inmigración en Andalucía Horizonte 2016 - page 165

VIII.METODOLOGÍADE INTERVENCIÓN: ÁREASDE INTERVENCIÓN 165
por ser éste, el contexto y el espacio donde se concretan
las relaciones y la convivencia.
La regulación y la gestión de la extranjería, al igual que el
hecho migratorio, es una realidad viva, dinámica y cam-
biante. Precisamente por ello, la formación, especializa-
ción y la actualización de conocimientos enmateria jurídi-
ca sobre derecho de extranjería de las distintas personas
profesionales y agentes implicados se revela como una
necesidad de primer orden. Aspectos teóricos y prácticos
elementales como la regularidad en las contrataciones, el
conocimiento de losmecanismos que la legislación prevé
para la contratación de personas extranjeras, la preven-
ción y solución de las dificultades que puedan surgir en el
desarrollo de la prestación de servicios por parte de estas
personas... etc, implican el manejo de una enorme canti-
dadde situaciones y casuísticas que exigen el dominiode
unoscontenidosyprocedimientosespecializadosqueper-
mitandar respuestasconcretasajustadasaunaadecuada
gestión, desde una perspectiva intercultural y siguiendo la
estrategia de intervención de la Gestión de la Diversidad,
contemplando la transmisión de conocimientos, procedi-
mientose información y, asu vez, la transmisiónde valores
y la valoración de la diversidad cultural.
La llegadadenuevaspersonas implicacambios ydinamis-
mo en las relaciones con la sociedad receptora. Para que
estas nuevas relaciones se produzcan en contextos de
respeto y contribuyan a una sociedad andaluza caracteri-
zada por la convivencia pacífica e igualitaria y la cohesión
social, esnecesario favorecer que las interaccionessepro-
duzcan en un entorno de conocimiento y reconocimiento
mutuo. Para ello es necesario comenzar por evitar que
los estereotipos se impongan y que las relaciones se pro-
duzcan en un contexto de equidad. Con esa finalidad, se
establecen objetivos específicos encaminados a mejorar
la formación de las personas profesionales que trabajan
en diferentes ámbitos de investigación, planificación e in-
tervención a través de la incorporación de la perspectiva
intercultural en los programas, en los centros y en el que-
hacer diariode las personas profesionales que trabajan en
contextosdediversidadcultural (salud, educación, género,
mediación, empleo, menores, servicios sociales, juventud,
extranjería, medios de comunicación, ámbito empresarial,
universidades, participación, ...etc.).Diversidad yaexisten-
te ygestionable interculturalmente, incluso sin lapresencia
de población extranjera.
En este sentido, se desarrollarán acciones formativas di-
rigidas a estas personas profesionales, estén o no rela-
cionadas de manera directa con la población inmigrante
extranjera, sin perder de vista que las prácticas llamadas
interculturales han surgido en nuestro contexto fruto de
su crecimiento. Se desarrollará así la formación de las
personas con cargos públicos representativos elegidas
en los procesos electorales locales, directivas y personas
empleadas públicas locales y autonómicas, del ámbito
asociativo, del colectivodepersonas letradas, de lacomu-
nidaduniversitaria, así comode las personas representan-
tes y empleadas de empresas que incorporan población
inmigrante extranjera en sus plantillas, con el objeto de
promover la adquisición de competencias interculturales,
nociones básicas y actualizadas sobre derecho laboral y
extranjería, así como la formación en valores que facilite la
positivización del hechomigratorio, el reconocimiento y el
respetode ladiversidad (cultural, degénero, deedad, etc.)
y la integración social.
Por otro lado, laLeyOrgánica4/2000, de11deenero, so-
brederechosy libertadesde losextranjerosenEspañaysu
integración social, reformada por la Ley Orgánica 2/2009,
de 11 de diciembre, encomienda a las Administraciones
Públicas, en su artículo 2 ter., el objetivo de integrar inmi-
grantes y sociedad receptora y promover la participación
social, cultural ypolíticade laspersonas inmigrantesen los
términos previstos en la Constitución, en los Estatutos de
Autonomía yen lasdemásLeyes, encondicionesde igual-
dad de trato. Especialmente, procurarán, mediante accio-
nes formativas, el conocimiento y respeto de los valores
constitucionales y estatutarios de España, de los valores
de laUniónEuropea, así comode los derechos humanos,
las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la
igualdadentremujeres yhombres, así comoel aprendizaje
de las lenguas oficiales del lugar de residencia.
Para la renovación de las autorizaciones de residencia
temporal, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en su
artículo 31.7, prevé la posibilidadde valorar especialmen-
te el esfuerzo de integración del extranjero, acreditado
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