VIII.METODOLOGÍADE INTERVENCIÓN: ÁREASDE INTERVENCIÓN 175
ObjetivoEspecífico8.8
Objetivo específico 8.8.
Proporcionar a personas de origen extranjero acciones formativas dirigidas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales y
estatutarios de España, de laUniónEuropea y de los derechos fundamentales, así como el aprendizaje de la lengua española, con el objetivo
de facilitar y acreditar su integración.
Descripción
La integraciónde las personas inmigrantes y la sociedad receptora se plantea como ungran objetivo, compartido por laUniónEuropea y todas lasAdministraciones del Estado
Español.Teniendoencuentaquenohay integración sinparticipación social, laboral, cultural ypolítica, lasúltimas reformas legislativas insistenen la formaciónde laspersonas
inmigrantes, de formaque sepromueva el conocimiento y respetode los valores constitucionales y estatutarios deEspaña, de los valores de laUniónEuropea, así comode los
derechoshumanos, las libertadespúblicas, lademocracia, la toleranciay la igualdadentremujeresyhombres.Asímismo,seconsideradeespecial importancia la incorporación
al sistema educativo, garantizando en todo caso la escolarización en la edad obligatoria y el aprendizaje del conjunto de lenguas oficiales.
La formación recibidapodrá ser valoradaa lahorade renovar la residencia,medianteun informepositivode laComunidadAutónomaque certifique laasistenciaa las acciones
formativas en lasmaterias indicadas anteriormente.
Seplanteaenesteobjetivo lanecesidadde realizar acciones formativasy,asuvez,que tenganaplicabilidaddirectaen losprocedimientosadministrativospara las renovaciones
de las autorizaciones de residencia.
Esta formación ha de ser realizada por entidades públicas o privadas acreditadas. Dicho informe positivo lo emitirá la ComunidadAutónoma, el cual podrá ser utilizado en los
términos del artículo 31.7 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, reformada por la Ley
Orgánica 2/2009, y su posterior desarrollo reglamentario aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
A travésde laOrdende16de febrerode2012,de laConsejeríadeEmpleo,seestableceel procedimientopara la tramitaciónyemisióndel informesobreesfuerzode integración
de la persona extranjera en el ámbito de laComunidadAutónoma deAndalucía.
Organismos responsables
Consejería de Justicia e Interior
Organismos gestores
–
Delegaciones del Gobierno de la Junta deAndalucía
–
DirecciónGeneral deCoordinación de PolíticasMigratorias
Medida 8.8.1.
Realizar acciones formativas dirigidas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales y estatutarios de España, de los valores de
la Unión Europea, de los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia, la igualdad entremujeres y hombres y el
aprendizaje de la lengua española.
Indicadores cuantitativos
Número de acciones formativas llevadas a cabo, bien directamente, o a través de entidades acreditadas.
(Distribución de los datos por provincia).
Presupuesto destinado, (financiación propia, de las corporaciones locales y entidades privadas).
Número de personas asistentes a las acciones formativas. (Distribución de los datos por sexo, nacionalidad y provincia).
Indicador cualitativo
Memoria cualitativa de actuaciones de laComisión deValoración.
Medida 8.8.2.
Posibilitar a las personas extrajeras en situación de renovar la residencia temporal, la obtención del informe sobre esfuerzo de integración,
mediante el procedimiento administrativo establecido por la Junta deAndalucía.
Indicadores cuantitativos
Número de solicitudes de informes sobre esfuerzo de integración.
(Distribución de los datos por provincia, sexo, nacionalidad y tipo de renovación).
Número de informes emitidos. (Distribución de los datos por provincia, sexo, nacionalidad y tipo de renovación).
Indicador cualitativo
Memoria cualitativa de actuaciones de laComisión deValoración.