VIII.METODOLOGÍADE INTERVENCIÓN: ÁREASDE INTERVENCIÓN 127
así como la promoción de las familias y de la infancia. La
puesta en marcha, por parte de la Dirección General de
Personas Mayores, Infancia y Familias, del
Observatorio
de la Infancia enAndalucía
, supone un pasomás en esa
dirección. A través del mismo, la Consejería de Salud y
Bienestar Social identifica, analiza, elabora y difunde in-
formación relacionada con los diferentes contextos de la
población menor que vive en Andalucía, ayudando a es-
tablecer las acciones políticas que den respuesta a esas
realidades, especialmente aquellas referentes a situacio-
nes de desamparo, maltrato, discriminación y violencia en
relación con la infancia y la adolescencia.
La Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Aten-
ción del Menor, reconoce el catálogo de derechos que
garantizan un crecimiento digno y adecuado de los y las
menores. Así mismo, el Estatuto de Autonomía recono-
ce como derechos sociales, el derecho de las personas
menores de edad a recibir de los poderes públicos deAn-
dalucía laprotección y la atención integral necesarias para
el desarrollo de su personalidad y para su bienestar, pri-
mando su beneficio a la hora de interpretar y aplicar la le-
gislaciónque les es propia (artículo18). En este sentido, la
Junta de Andalucía, en el ejercicio de sus competencias y
a travésdel acogimiento residencial en losCentrosdePro-
tección deMenores, ejerce la guarda y tutela demenores
procedentesde la inmigraciónen situacióndedesamparo.
La calidad en la atención inicial de estas y estosmenores
extranjeros no acompañados es un objetivoprioritarioque
incluye la definición de conceptos, competencias y pro-
cedimientos, el desarrollo de un protocolo de actuación y
la realización de pruebas de confirmación de la edad, en
casosexcepcionales.De lamismamanera, ydependiendo
del caso, seprepararáel retorno y la reinserción familiar en
el lugar de origen siempre que se garanticen los derechos
y el mayor beneficio del o la menor, o, siempre primando
su beneficio, se desarrollarán programas educativos y de
inserción social y laboral en el casode su permanencia en
Andalucía.
A través del
Área de Inclusión y Bienestar Social,
se fo-
mentará el accesonormalizadode lapoblación inmigrante
a aquellos servicios y recursos, con especial compromiso
en los Servicios Sociales Comunitarios, de acceso univer-
sal, y con programas específicos paramenores ymujeres
migrantes. Para ello, cobran especial atención las accio-
nes destinadas a la información de las personas usuarias
migrantes, así como la formacióndel personal responsable
de dichos servicios. Del mismomodo, se prevén acciones
de refuerzo específico de determinados servicios ante si-
tuaciones excepcionales, garantizando de estemodo que
tanto laspersonas autóctonas como laspersonasmigran-
tes accedan a un serviciode calidad.
Para salvar la cuestión del idioma - al menos en parte- se
pone a disposición el Servicio de Interpretación Lingüísti-
ca Simultánea mediante teléfono móvil, asegurando a la
población inmigrante la información sobre los recursos
disponibles dentrodel programa “Hablamos tu idioma”.
Por tanto, este III Plan recoge medidas destinadas a la
atención de los y las menores extranjeras no acompa-
ñadas para garantizarles sus derechos reconocidos, el
fomento del asociacionismo y la participación social, y el
asesoramiento, información y acogimiento de mujeres y
menores víctimas de explotación sexual