III Plan Integral para la Inmigración en Andalucía Horizonte 2016 - page 62

IIIPLAN INTEGRALPARALA INMIGRACIÓNENANDALUCÍA,HORIZONTE2016
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delministerio yde lasconsejeríascompetentesenasuntos
de inmigración.
¡
El Consejo Superior de Política de Inmigración,
re-
gulado por el Real Decreto 344/2001, de 4 de abril, es el
máximoórganocolegiadodecoordinaciónde lasadminis-
traciones públicas que tengan competencia o incidencia
en las políticas de integración de las personasmigrantes.
Está formado por representantes de los tres niveles admi-
nistrativos (estatal, autonómico y local) y su principal finali-
dad será establecer las bases y criterios sobre los que se
debe asentar una política global enmateria de integración
social y laboral de las personas inmigrantes.
¡
El Foropara la IntegraciónSocial de los Inmigrantes,
regulado en el artículo 70 de la Ley Orgánica 4/2000, de
11deenero, ydesarrollado reglamentariamentepor el Real
Decreto3/2006, de16deenero, esel órganodeconsulta,
información y asesoramiento enmateria de integración de
las personas inmigrantes a nivel estatal. Está adscrito al
ministerio competente en materia de inmigración, y está
compuesto, equilibradamente, por representantes de las
administraciones públicas (estatal, autonómica y local),
de las asociaciones de inmigrantes, y de otras organiza-
ciones con interés e implantación en el ámbitomigratorio,
incluyendo entre ellas a las organizaciones sindicales y
empresariales más representativas. Tiene como principal
objetivo el promover la participación e integración de las
personas inmigrantesen la sociedadespañola, proponien-
do, informando y canalizando actuaciones encaminadas a
dichos fines.
¡
La Secretaría General de Inmigración y Emigración,
dentro de la estructura orgánica del Ministerio de Empleo
y Seguridad Social, es el máximo órgano de la Adminis-
tración General del Estado en la materia y es el órgano
encargado de desarrollar la políticamigratoria definida por
el Gobierno enmateria de inmigración, integración de las
personas inmigrantes y ciudadanía española en el exterior.
¡
LaComisión Laboral Tripartita de Inmigración,
según
el artículo 72 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero,
sobre derechos y libertades de los extranjeros en España
y su integración social, es el órgano colegiado adscrito al
Ministeriocompetenteenmateriade inmigración, formado
por representantes de la Administración Pública, y de las
organizaciones sindicales y empresariales más represen-
tativas. La misma será informada de la evolución de los
movimientosmigratorios en España y, en todo caso, será
consultada sobre las propuestas de Catálogo de Ocupa-
ciones de difícil cobertura, las previstas en el artículo 39
de la Ley Orgánica, y las de contratación de personas
trabajadoras de temporada que se determinen. Se regula
medianteOrden TAS/1713/2005, de 3de junio.
¡
A nivel autonómico, el Decreto del Presidente 3/2012,
de 5 demayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructura-
ción de Consejerías, atribuyó a la Consejería de Justicia e
Interior las competencias relativas a la coordinación de las
políticas migratorias. El Decreto de la Presidenta 4/2013,
de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre rees-
tructuración de Consejerías, mantiene las competencias
atribuidas a la Consejería de Justicia e Interior, de este
modo, el Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se
aprueba laestructuraorgánicade laConsejeríade Justicia
e Interior, atribuyea la
DirecciónGeneral deCoordinación
de Políticas Migratorias
dicha competencia, correspon-
diéndoleaésta la funciónde impulso ycoordinaciónde las
políticas públicas de las distintas Consejerías en atención
a las consecuencias sociales de la realidad migratoria,
en concreto, la coordinación de las actuaciones que al
respecto se lleven a cabo en el terreno sanitario, social,
cultural, educativo, laboral, o cualquier otro ámbito de in-
tervención en lamateria.
Asimismo, corresponde a la Dirección General el estudio
de la evolución de la inmigración como realidad social, la
planificación de la actuación de la Junta de Andalucía en
estamateria y la evaluación permanente de los resultados
de lamisma.Y,demodoespecial, seocupadecoordinar la
relaciónconotrasAdministracionesPúblicas y la sociedad
civil, en lo referentea la incidenciade la realidadmigratoria.
¡
El Foro Andaluz de la Inmigración,
creado en 1996,
y regulado actualmente por el Decreto 55/2001, de 26 de
febrero,modificadopor el Decreto283/2011, de4deoctu-
bre;eselórganodeconsulta, representaciónyparticipación
en el ámbito de la política social para inmigrantes, adscrito
a laConsejeríacompetenteenmateriadePolíticasMigrato-
rias. Tiene por objeto establecer un cauce de participación
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