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5. ACCESO AL CUERPO DE POLICIA
A la hora de analizar las barreras que han de enfrentar mujeres y hombres cuando
acceden al Cuerpo es fundamental examinar en primer lugar, la propia convocatoria
y prerrequisitos de las oposiciones de acceso. En este sentido, una primera
dificultad, señalada por Figueroa (2008), es la poca difusión de las convocatorias
públicas de acceso al Cuerpo, y la dificultad añadida de detectarlas al aparecer
publicadas en los distintos Boletines Oficiales de las provincias a lo largo de
tiempo (cuestión subrayada en las entrevistas a las preparadoras de academia de
oposiciones). Claro que los avances en los procesos de digitalización deberían ir
acabando con este impedimento.
Por otro lado, uno de los requisitos previos en los que más se pone de manifiesto
un sesgo de género es en la altura mínima requerida para entrar en el Cuerpo
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.
Por ejemplo en la década de 1980 cuando se establecen la mayor parte de los
mínimos de altura para el acceso a la Policía: 1,65cm para las mujeres y de
1,70cm para los hombres, la altura media de los hombres españoles (1,77cm)
era superior a la exigida, y en cambio la estatura media de las mujeres españolas
(1,61cm)
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era inferior a la requerida. De hecho, en Andalucía como en muchas
otras comunidades, se rebajó la altura mínima exigida en 5cm para los dos sexos,
quedando la de las mujeres en 1,60cm y la de los hombres en 1,65cm. Mientras
que otras comunidades (Madrid, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña,
La Rioja, Asturias, Aragón y Canarias) aún exigen a las mujeres una altura mínima
de 1,65 metros y a los hombres 1,70. La excepción es Extremadura, que fija en
un 1,67 el mínimo para los hombres y en 1,57 para las mujeres (Fernández, 2007).
19. En el estudio de Figueroa (2008) sobre la Policía Local madrileña, el requisito previo que contó con el 50% de
exclusión entre las mujeres fueron los relativos al carnet de conducir del que se requerían dos años de experiencia así
como el carnet de motocicletas. Esto supone una inversión económica previa que no estaría al alcance de muchas
mujeres y que podría suponer un elemento clave disuasorio teniendo en cuenta los porcentajes tan bajos de mujeres
en los puestos de Policía Local lo cual no debía ser muy alentador para que esas mujeres o familias realizaran
determinadas inversiones como el carnet de motocicletas.
20. Ver Spijker et al. (2008). En 2005 el Ministerio del Interior anunció medidas reguladoras sobre los requisitos
para el acceso al Cuerpo Nacional de Policía a propuesta del Sindicato Unificado de Policía. Se plantea reducir la
talla mínima de 1’65 m. a 1’60 m., situándola en 1 cm. por debajo de la talla media de la mujer española. Aunque
esta reducción amplía considerablemente la proporción de mujeres que pueden optar a participar, el porcentaje de
mujeres con más de 1’60 m. es el 72%, mientras que para los varones que miden más de 1’70 m. es de un 74%
(Figueroa, 2008). Posteriormente ha sido seguido por varias gobiernos autonómicos.